En España, el proceso de aceptación de una herencia puede ser complejo y abrumador, sobre todo, si hay varios herederos implicados. Pero… ¡No te preocupes! Es normal que puedas sentirte agobiado cuando te enfrentas a este tipo de situaciones.
Cuando hablamos de aceptar una herencia, nos referimos al momento en el que los beneficiarios o herederos de un testamento deciden aceptar los bienes y derechos que han heredado por parte de una persona fallecida. Pero… ¿Qué ocurre cuando es una herencia con varios herederos? En estos casos la aceptación de la herencia puede derivar en situaciones que requieren de especial atención como el reparto de bienes entre hermanos o la adjudicación de la herencia según lo que está redactado en el testamento del fallecido.
En el artículo de hoy, voy a explicarte de forma muy sencilla todo lo que necesitas saber sobre la aceptación de una herencia con varios beneficiarios. Vamos a abordar los diferentes pasos a seguir. También vas a obtener información muy útil sobre el modelo de documento privado que puede utilizarse entre los herederos para facilitar el proceso, así como resolver algunas dudas importantes: ¿El notario avisa a los herederos de un testamento? ¿Cómo se distribuye la herencia entre varios hermanos? ¡Vamos allá!
Antes hemos visto que la aceptación de una herencia es el acto por el que uno o varios herederos deciden recibir los bienes, derechos y obligaciones que les corresponden cuando una persona ha fallecido.
Seguramente te estarás preguntando… ¿Cómo se realiza este proceso? ¡Pues es sencillo de entender! Se puede realizar de dos maneras: explícita cuando los herederos firman un documento formal aceptando la herencia, o de forma tácita, cuando los beneficiarios actúan como propietarios de los bienes heredados (por ejemplo, si vendes o administras esos bienes).
Y sí, este paso es fundamental para disponer legalmente de los bienes que se heredan. Si no se realiza la aceptación, los beneficiarios no pueden hacer uso y disfrute pleno de los mismos.
¡Ojo! Ten en cuenta que, al aceptar la herencia, también se aceptan las posibles cargas o deudas que el fallecido pudiera haber dejado.
Este paso suele ocurrir cuando se realiza la apertura del testamento de la persona que ha fallecido o, en su defecto, cuando se identifica a los herederos legales si no existe testamento.
El proceso de aceptación se pone en marcha cuando el notario certifica el fallecimiento y convoca a los beneficiarios para proceder con la repartición de los bienes.
Todos sabemos qué es un testamento, ¿verdad? Un documento legal por el cual una persona deja constancia de cómo y de qué manera desea que se distribuyan sus bienes cuando ésta haya fallecido.
En casos de haber varios herederos, cuando existe testamento, se facilita enormemente el proceso, ya que en él se detalla quiénes son los herederos y qué bienes les corresponden.
Aceptar una herencia cuando existen varios beneficiarios es un proceso que, a veces, puede resultar muy abrumador. Sin embargo, voy a darte toda la información necesaria y los pasos a seguir para que te resulte mucho más sencillo de entender este proceso.
En España, hay diferentes maneras de aceptar una herencia. Dependiendo de las circunstancias familiares, puede llegar a ser una decisión que afecte al futuro de todos los implicados.
Existen dos principales tipos de aceptación de una herencia, cada una de las cuales tiene implicaciones diferentes:
Cuando hay más de un heredero, la aceptación de la herencia requiere de dos aspectos básicos: coordinación y acuerdo.
Aquí van algunos requisitos y pasos que deben seguirse:
Cuando el testamento está redactado correctamente, el notario se encarga de notificar a los herederos y de supervisar el proceso de adjudicación de los bienes conforme a la voluntad del fallecido.
Pero, ¿Qué ocurre si los hermanos quieren ajustar el reparto? A pesar de que el testamento sirve como guía para saber cómo actuar y repartir los bienes, los hermanos tiene la opción de llegar a acuerdos entre ellos si consideran necesario ajustar el reparto, siempre que se respeten las disposiciones legales, como la legítima (la porción de herencia que corresponde obligatoriamente a ciertos herederos, en este caso, los descendientes).
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El reparto de la herencia debe seguir las indicaciones del testador. En caso de que se reparta entre varios hermanos, lo más común es que el testamento establezca el porcentaje que va para cada uno de los herederos. Pero, ¡atención!, pueden surgir situaciones donde, independientemente de lo que diga el testamento, los hermanos prefieren dividir de una forma más equitativa los bienes físicos o llegar a acuerdos que les resulten más prácticos.
Te pongo un caso muy sencillo. Uno de los bienes heredados es una preciosa casita en la montaña. Juan quiere conservarla mientras que Daniel quiere el dinero. ¿Qué ocurre entonces? ¿Y si en el testamento no pone nada sobre este tipo de situaciones? Este tipo de acuerdos son válidos siempre y cuando todos estén de acuerdo y se formalice de forma correcta mediante un documento privado que veremos a continuación.
En situaciones donde los hermanos deciden ajustar el reparto de la herencia de manera diferente a lo que está estipulado en el testamento, o donde quieren evitar la venta inmediata de ciertos activos, es útil redactar un documento privado entre ellos. Este documento permite que los hermanos herederos acuerden cómo repartir los bienes de manera amistosa y formal.
Un ejemplo de este documento podría incluir los siguientes elementos:
Hay que tener en cuenta un aspecto clave: este tipo de documento no reemplaza la intervención del notario ni la necesidad de formalizar ciertos trámites. Simplemente sirve como herramienta para facilitar el reparto de los bienes de manera consensuada y evitar conflictos entre herederos.
Una vez el documento esté firmado y aceptado por los hermanos, puede ser presentado ante el notario para su inclusión en la escritura de adjudicación de la herencia.
¿La aceptación y la adjudicación de la herencia son lo mismo? La respuesta es no. La adjudicación viene posterior a la aceptación de la herencia. Es el momento en el que cada heredero recibe su parte de la herencia, ya sea en forma de bienes inmuebles, dinero o cualquier otro activo que formaba parte del patrimonio del fallecido.
La adjudicación es un proceso obligatorio para que cada heredero pueda disponer libremente de los bienes que les han sido adjudicados, ya sea para venderlos, alquilarlos o utilizarlos.
¡Importante! Hasta que la adjudicación no se haya realizado y formalizado, los herederos no pueden realizar actos legales sobre los bienes.
Aceptar la herencia no sólo implica recibir bienes, propiedades o dinero, también conlleva ciertas obligaciones fiscales como el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Este impuesto varía según la Comunidad Autónoma y es clave pagarlo para evitar sanciones.
Una vez aceptada la herencia y adjudicada, los herederos tienen un plazo para liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. ¿Cuál es este plazo? ¡Ojo! Este plazo es generalmente de seis meses desde la fecha de fallecimiento del causante, aunque es posible solicitar una prórroga de otros seis meses adicionales en situaciones excepcionales.
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